Sucesiones

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Escribanía
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En Argentina, las sucesiones, o herencias, se rigen por el Código Civil y Comercial, y pueden ser testamentarias (con testamento) o intestadas (sin testamento), con un proceso judicial que identifica herederos, bienes y deudas. 

Proceso Sucesorio:

Testamentarias:

Si hay testamento, se sigue la voluntad del fallecido, pero la ley protege la legítima de ciertos herederos (hijos, cónyuge, padres). 

Intestadas:

Si no hay testamento, la ley establece un orden de herederos: descendientes, ascendientes, cónyuge y parientes colaterales hasta el cuarto grado. 

Documentación:

Se necesita partida de defunción, partidas de nacimiento o matrimonio de los herederos, títulos de propiedad de los bienes, documentos de cuentas bancarias, etc. 

Jurisdicción:

La jurisdicción corresponde a los jueces del último domicilio del fallecido. 

Renuncia a la herencia:

Es posible renunciar a la herencia, pero no es obligatorio heredar. 

Herederos:

  • Hijos:
  • Cónyuge:
  • Ascendientes:
  • Parientes Colaterales:
  • Ausencia de Herederos:

Si no hay herederos, los bienes pasan a ser propiedad del Estado Nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según el lugar donde estén situados. 

Datos de Contacto
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Ubicación:
Santiago de Liniers 211, Temperley, Bs As, Argentina