Afectación a vivienda
Afectación a vivienda
Escribanía
Cortes

Es un régimen previsto y reglamentado por la ley 14.394, tendiente a proteger la vivienda familiar y garantiza que no pueda ser embargada por deudas posteriores a su inscripción.
¿En qué consiste?
Asegura que el titular de un inmueble destinado a vivienda, que opte por este beneficio no le sea rematado ante juicios cuya causa fuere posterior a su inscripción. Se puede realizar sobre un solo inmueble por persona. Hay que tener en cuenta que una vez constituido el bien de familia el inmueble no podrá usarse como garantía de préstamos o alquileres, salvo que sea desafectado.
¿Qué seguridad le brindamos?
Este trámite brinda un resguardo sobre el bien, sumando un elemento de tranquilidad a la seguridad personal y de su familia, tornandose inejecutable.
La vivienda Afectada sólo puede ser ejecutada por deudas que surgen de la falta de pago de impuestos inmobiliarios, municipales y expensas.
¿Qué documentación hay que presentar?
Escritura Original
Documento de Identidad de los Constituyentes y de los Beneficiarios
Partidas que acrediten el vínculo de parentesco invocado o libreta de familia.
Datos De Contacto:
- (+54) 11 4244-1910 y líneas rotativas
- (+549) 11 40782629
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